El Concejo trata la rendición de cuentas
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DECRETO DE PRESIDENCIA Nº 10/18
Visto:
El expte DE rendición de cuentas, ejercicio 2017, y
Considerando:
Que respecto a los tiempos para el tratamiento de la rendición de cuentas el Art. 23º de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas, modificado por la Ley Provincial 13.963 expresa “Cada Intendente Municipal presentará al Concejo Deliberante al 31 de Marzo de cada año, la Rendición de Cuentas de la percepción e inversión de los fondos comunales. El Concejo Deliberante analizará los estados y se pronunciará sobre la Rendición de Cuentas dentro de los sesenta (60) días corridos”
Que ese plazo vence el 31 de mayo con lo cual se hace necesario el tratamiento en Sesión Especial.
Que, el artículo 83º inc. 1 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, decreto Ley 6769/58 y sus modificaciones, y el art. 17º inc. e del reglamento interno del HCD, facultan al presidente del HCD a convocar a sesiones que deba celebrar dicho cuerpo legislativo.
Por ello
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS FLORES, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
DECRETA
Art. 1º: Convocase a Concejales a Sesión Especial, para el día jueves 31 de mayo a las 19.30 hs a los efectos de dar tratamiento al siguiente
ORDEN DEL DIA
1. Izamiento de la Enseña Nacional.
DESPACHO DE COMISION PLENARIA
2. Expte DE 20, P decreto, y P ordenanzas, rendición de cuentas.
Art. 2º: Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LA CIUDAD DE LAS FLORES A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.