Primera división: Fallo a favor de Ferro que jugará la final con El Taladro
4 minutos de lecturaLo resolvió finalmente el tribunal de disciplina del Consejo Federal de AFA. El cuerpo colegiado desestimó la apelación de Juventud Rosense por el pedido de puntos y ahora los albicelestes serán protagonistas de la final. FM ALPHA aquí publica el fallo definitivo.
Por Flavio Iacomini
La noticia se conoció hace instantes. En la sede de calle Viamonte de Capital Federal el tribunal de disciplina del Consejo Federal de la Asociación del Fútbol Argentino, convalidó el fallo de primera instancia de la Liga de Fútbol de Las Flores que había rechazado el pedido de puntos de Juventud Rosense por la inclusión del lateral izquierdo ferroviario Luis Peón . Ahora solo resta programar día y horario de la gran final El Taladro-Ferro.
Este portal publica el fallo definitivo:
EXPEDIENTE Nº 3812/17
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 07 de Diciembre de 2017.-
VISTO:
La apelación presentada por el Club Juventud Rosense contra la Resolución dictada
por el Tribunal de Disciplina de la Liga de Fútbol de Las Flores, de la provincia de
Buenos Aires, en fecha 27 de Noviembre de 2017, y que tuviera ingreso en este
Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior, el día 01 de Diciembre del corriente
año.-
CONSIDERANDO:
Que el Club Juventud Rosense introduce su apelación con fundamento en la protesta
de partido realizada contra el Club Ferrocarril Roca, por el Torneo de la Liga de
Fútbol de Las Flores, por la indebida inclusión del jugador Nº 3 Señor Luis Peón
D.N.I. 33.665.620.-
Que el demandante señala que el Club Ferrocarril Roca incluyó en su equipo un
jugador suspendido por el Tribunal de la Liga Pehuajense de Fútbol con la pena de
un partido de suspensión (art. 208 del R.T.P).
Que adentrándonos en el tratamiento del recurso vemos que el plazo en el que el
mismo fue interpuesto se encuentra dentro del término legal, toda vez que la
resolución fue dictada el día 27 de Noviembre de 2017 y la presentación se efectivizó
en fecha 1 de Diciembre de 2017, motivo por el cual este Tribunal de Disciplina
Deportiva del Interior ante la ausencia de plazo para interponer el recurso de que se
trata, estableció que dicho término de interposición se fije en diez (10) días (ver art.
76 del Reglamento del Consejo Federal).-
RESULTANDO:
Que el fallo dictado por el Tribunal de Disciplina de la Liga de Fútbol de Las Flores se
ajusta a derecho, respecto a la protesta realizada por el apelante, atento a que el art.
8 de R.T.I establece que al solicitar un pase de un jugador que actúa en otra liga, la
liga cesionaria que concede el pase debe informar si el jugador tiene pena pendiente
de cumplimiento.-
Que surgen de las pruebas obrantes en este expediente surge que la Liga
cesionaria no informó en el citado pase si el jugador en cuestión, tenía pena
pendiente de cumplimiento. Ello surge del formulario 007 y el concedido del pase
aportado por la Liga de las Flores.-
Por lo tanto, conforme al artículo 19 del R.T.I., el Club Ferrocarril Roca no debe
resultar responsable de dicha inhabilitación por desconocer la misma, al no haber
sido informada en tiempo y forma con la transferencia. –
Que surge del expediente que el consejo directivo de la Liga de Fútbol de Las Flores,
y por consiguiente el delegado del Club Ferrocarril Roca toma conocimiento que el
jugador Luis Peón debía cumplir una fecha de suspensión aplicada por el Tribunal de
Disciplina de la Liga de Pehuajo, en el momento en que el Club Juventud Rosense
realiza la protesta en cuestión, en la reunión semanal del día 21 de Noviembre de
2017, es decir, dos días después del encuentro que disputó con el Club Juventud
Rosense. Corrobora tal circunstancia la solicitud del club apelante por intermedio de
la Liga de Fútbol de Las Flores que le solicitó a la Liga de Pehuajo le envíen el
Boletín donde fue sancionado el mencionado jugador.
Con las pruebas aportadas el Tribunal entiende que no puede sancionarse al Club
Ferrocarril Roca de Las Flores, por la indebida inclusión del jugador Luis Peón.
Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior.
RESUELVE:
1º) Rechazar la apelación presentada por el Club Juventud Rosense, perteneciente a
la Liga de Fútbol de Las Flores de la provincia de Buenos Aires, contra las resolución
por el Tribunal de Disciplina de la Liga de Fútbol de Las Flores (arts. 32 y 33 del
R.T.P).-
2º) Destinar a la cuenta de gastos administrativos el importe depositado por el
apelante.
3º) Comuníquese, notifíquese y archívese.