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Vuelve la restricción de camiones en rutas a la costa por las vacaciones

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Se cumple la primera de las dos semanas de vacaciones de invierno para los estudiantes de la provincia de Buenos Aires por lo que, una vez más, la Dirección de Vialidad provincial pone en marcha el esquema restrictivo para la circulación de camiones con carga bruta superior a las 7 toneladas. En consecuencia, el organismo dependiente del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, emitió un nuevo comunicado en el cual detalla horarios, rutas, sentidos de circulación y cuáles son los vehículos habilitados y cuáles no a transitar las rutas bonaerenses este fin de semana.

¿Qué dice el texto de la comunicación oficial de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires sobre la restricción a la circulación de camiones?

“La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, comunica que -debido al inicio del receso invernal- los días viernes 25, sábado 26 y domingo 27 de julio de 2025 se restringirá la circulación de camiones con carga de más de 7 (siete) toneladas de porte bruto en la Autovía 2, las Rutas Provinciales Nº11, Nº36, Nº56, Nº63, Nº74, y la Autopista Buenos Aires–La Plata, con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito en rutas turísticas”.

Horarios y sentidos de circulación

A la Costa Atlántica

Viernes 25 de julio

  • 18:00 a 23:59hs.

Sábado 26 de julio

  • 06:00 a 14:00 hs

A la Ciudad de Buenos Aires

Domingo 27 de julio

14:00 a 23:59hs.

Autopista Buenos Aires – La Plata

  • Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata.

Ruta Provincial N º 2 (AUTOVÍA 2)

  • Desde km 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km. 400 (Camet).

Ruta Provincial Nº11

  • Desde intersección con RP N.º 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal).

Ruta Provincial Nº36

  • Desde Rotonda RP N º 10 (Prolongación Av. 66 – La Plata) hasta la intersección con RP N º 11 (Pipinas).

Ruta Provincial Nº56

  • Desde su intersección con la RP N º 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP Nº 74 (Gral. Madariaga).

Ruta Provincial Nº63

Desde Distribuidor de Transito con RP N º 2 (Dolores) hasta Intersección con RP N º 11 (Esquina de Crotto).

Ruta Provincial Nº74

  • Desde su intersección con la RP N º 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP N º 11 (Pinamar).

 Estos transportes sí podrán circular por las rutas de la Provincia de Buenos Aires

El comunicado también da cuenta de: “Exceptuar de toda restricción para circular, temporaria o permanente, a los vehículos de autotransporte de cargas menores a SIETE (7) toneladas de porte bruto y a los vehículos que a continuación se detallan:

  • De transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados.
  • De transporte de animales vivos.
  • De transporte de pescado y mariscos congelados.
  • De transporte de productos frutihortícolas en tránsito.
  • De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual.
  • De atención de emergencias.
  • De grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
  • De transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
  • De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
  • De transporte de medicinas.
  • De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos y/o patogénicos.
  • De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
  • De transporte de sebo, hueso y cueros.
  • Cuando se oponga a disposiciones que en idéntico sentido dicte la Secretaría de Gestión del Transporte de la Nación, y/o la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, y/o la Agencia Nacional de seguridad Vial, sobre una misma vía, día y horario.

Vialidad de la Provincia de Buenos Aires recomienda

  • Circular con las luces bajas encendidas.
  • V.T.V. actualizada.
  • Respetar las velocidades máximas y mínimas.
  • Colocarse el cinturón de seguridad.
  • No sobrepasar a otro vehículo con presencia de doble línea amarilla.
  • Niños menores de 12 años deben viajar en el asiento trasero correctamente sujetados.
  • Dormido y descansar antes de emprender un viaje.
  • No beber alcohol.

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