15 de febrero de 2025

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Comunicado de Prensa Rendición de Cuentas Municipal

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Los Bloques de Concejales que conforman la oposición (1 País, Unidad Ciudadana – FPV-PJ y PJ- Unidad Ciudadana), para la Sesión del Honorable Concejo Deliberante celebrada el día 31 de Mayo próximo pasado elaboraron en forma conjunta un despacho de comisión por minoría mediante el cual expresaron su rechazo a la Rendición de Cuentas presentada por el Departamento Ejecutivo.

Luego de realizar un análisis responsable de toda la documentación a nuestro alcance y de realizar las consultas al respecto, se hicieron una serie de observaciones sobre presuntas irregularidades encontradas las cuales quedaron asentadas en el Despacho Mencionado para que las mismas puedan ser analizadas luego por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.

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DESPACHO DE COMISIÓN PLENARIA

ASUNTO: Expte: DE-56/2018 sobre Rendición de Cuentas Ejercicio 2017.

La Comisión Plenaria en reunión de Fecha 15 de Mayo de 2018 propone al Honorable Concejo Deliberante el siguiente Despacho por Minoría.

VISTO:

El Expediente DE-56/2018 sobre Rendición de Cuentas Ejercicio 2017, y…

CONSIDERANDO:

QUE: El mismo contempla las ejecuciones presupuestarias de cálculos de recursos y presupuesto de gastos del 2017, como así también documentación sobre los estados de cuentas bancarias y ampliaciones presupuestarias realizadas durante el año por ordenanza o decretos, memoria de tesorería, memoria de contaduría, estado de evolución de activos y pasivos, estado de ejecución de la planta de personal aprobada y ocupada, estado de situación económica financiera, nómina de autoridades y actas de habilitación, actas de recuentos de talonarios de recaudación y expedientes sobre compensación de excesos y compensación de partidas.

Que, la documentación de la rendición de cuentas ingresó al Honorable Concejo Deliberante el día 27 de marzo y con estado parlamentario en la sesión del día 24 de abril.

Que, el HCD tiene a partir de la entrada del expediente 60 días corridos para examinar las cuentas y expedirse.

Que, durante este tiempo se analizó la documentación pero es sabido que en particular se debe tener sobre determinados temas información anexa que debiera enviar el DE. Es por eso que se presentaron proyectos que se aprobaron sobre afectación de fondos, los cuales el año pasado y en lo que va de este año no se ha tenido respuesta.

Que, el análisis de la ejecución de fondos con afectación específica es importante y más aún en el rol de concejales de la oposición que debemos llevar adelante la tarea de control de la gestión municipal.

Que, en otro orden se ha observado que por varios decretos dictados por el Departamento Ejecutivo se ha autorizado a la firma los UNCALES SA. A realizar pagos propuestos por la firma a cuenta sobre cada una de las cuotas de la tasa por mejorado y mantenimiento de la red vial municipal. Esta firma ya había peticionado con nota a todos los concejales en el año 2013 y había iniciado acciones legales contra la municipalidad de Las Flores por sentirse perjudicado y pretender abonar por 896 hectáreas en vez de 1833 por considerar que tenía 1000 hectáreas improductivas por una laguna. El expediente finalizó con la denegación de lo solicitado en enero de 2015. A partir del año 2016 y en el 2017 también el Departamento Ejecutivo ha aceptado el pago a cuenta de cada una de las cuotas de la red vial municipal propuesto por la firma que a juzgar por los considerandos han hecho lugar a lo solicitado por el contribuyente, no conociéndose por cuantas hectáreas están pagado ni a qué valor, como así tampoco se saben los recargos y multas que se deben agregar por no pagar el 100% del valor de la cuota.

POR ELLO LA COMISIÓN PLENARIA PROPONE AL H. CONCEJO DELIBERANTE EL SIGUIENTE DESPACHO POR MINORIA:

PROYECTO DE DECRETO

Artículo 1º: Desaprobar en general la Rendición de Cuentas Ejercicio 2017, Expte: DE-56/2018.

Artículo 2º: Observar el Decreto de nombramiento Nº 375 del mes de Febrero 2017 mediante el cual se designa en el Cargo de Director de Salud al Sr. Víctor Marcos Maximiliano Basoalto desde 1/1/2017 al 31/12/2017, por no encontrarse creado el cargo de Director en la estructura Orgánica Municipal, incluida en el cálculo de recursos y presupuesto para el ejercicio 2017.

Artículo 3º: Observar contratos con personas físicas – contratos de Locación, Obras y Servicios celebrados entre la municipalidad y (agentes) ya que fueron observados por el Honorable Tribunal de Cuentas en el periodo 2016 generando cargos al Intendente, Responsable del Área de Contaduría y Concejales, y así mismo se mantuvieron durante el año 2017.

Artículo 4º: Observar la obra de construcción de la Estación de Bombeo en Plaza Sol decreto adjudicada por licitación pública Nº 2/17, por un valor de $ 1.691.024,79 y que hasta el momento no se ha iniciado, siendo que los fondos ingresaron en el año 2016 y se han vencido los plazos de ejecución.

Artículo 5º: Observar la no ejecución de la Obra Re funcionalización y Construcción de nueva celda en la PTRSU según Ordenanza 2935/16 mediante la cual se convalido el Convenio de asistencia financiera con la Subsecretaria de Coordinación de Obras Publicas Federal del Ministerio del Interior.

Artículo 6º: Observar contratos de locación de obras por maquinas, camiones y similares, lo cuales fueron observados oportunamente por el Honorable Tribunal de Cuentas en el ejercicio 2016 y se mantuvieron durante el ejercicio 2017. Ya que los beneficiarios de los contratos no son los titulares de los vehículos mencionados constituyendo una grave irregularidad.

Artículo 7º: Observar la falta de inicio de las obras de embellecimiento del ingreso a nuestra ciudad por Manuel Venancio Paz para los que se recibieron fondos por $ 3.013.989,37.

Artículo 8º: Observar la no concreción de la obra construcción de 724,66 mts. de cerco perimetral en la playa de estacionamiento de camiones adjudicada por la suma de $ 362.824,00, según Decreto Nº 2632/16.

Artículo 9º: Observar el decreto número 737 de fecha 23 de Marzo de 2017, por el cual se acepta el pago a cuenta propuesto por la empresa LOS UNCALES. SRL para ser imputado al año 2017 en concepto de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, con relación al inmueble de su propiedad, por no contar con la información de porque cantidad de ha se realizó el pago, ni por qué

valor por hectárea se cobró, como así también por no conocer las multas y recargos si es que se aplicaron a las sucesivas cuotas.

Artículo 10º: Observar los decretos 967 del 11 de Abril de 2017; el decreto 1416 del 16 de junio de 2017; el decreto 1910 del 16 de agosto de 2017; el decreto 2526 del 21 de noviembre de 2017; por los montos de $ 163.000, $ 242.350, $ 161.567, $ 158.962 respectivamente destinados a solventar gastos de alquiler de grupo electrógeno para el hospital Zonal Las Flores por no contar con información sobre los motivos por los cuales no se adquirió uno ya que su precio de mercado se encontraba muy por debajo de lo abonado. Sumando como agravante que el grupo electrógeno propiedad del nosocomio se encuentra reparado hace once meses.

Artículo 11º: Observar la subejecucion de los fondos destinados a la construcción de cuatro playones deportivos de los cuales solo se concretaron dos, provenientes del convenio firmado con la dirección general de infraestructura del ministerio de educación y deporte de la nación por un monto de $ 1.000.044 cada uno con un plazo de ejecución de tres meses contados a partir de marzo del 2017.

Artículo 12º: Observar los decretos 2413 y 2717 sobre contrato de locación de furgón berlingo de propiedad del Sr. Consejero escolar D Ambrosio, Jorge Arturo Martin; para ser utilizado por la Secretaria de Desarrollo Social y Educación por considerar que existirían incompatibilidades contempladas en el artículo 149 de la ley 13.688 y la Ley de Ética Pública.

Artículo 13º: Observar el destino de lo recaudado por el sistema SAMO ante la falta de respuesta de los pedidos de comunicación formulados ya que no se cuenta con los datos sobre la disposición final de los montos en cuestión y si los mismos se ajustan a lo establecido en las ordenanzas respectivas.

Artículo 14º:Observar la ejecución de los montos recibidos por el fondo de financiamiento educativo para el año 2017 que ascienden a la suma de $ 15.275.451 por no haberse recibido la información a pesar de los pedidos de comunicación formulados.

Artículo 15º: Observar el decreto 2308 de fecha 12 de octubre de 2017 por el cual se aprueba el contrato de representación del Sr. Franco Luciani por el monto de $ 7.000 para actuar el día 13 de octubre en la ciudad de Las Flores, presentación que no se llevo a cabo.

Artículo 16º: De Forma.-

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