El Gobierno promulgó la ley que restablece los feriados puente
2 minutos de lecturaLa medida fue dispuesta a través del decreto 831/2017, publicado este martes en el Boletín Oficial junto al texto de la ley 27.399.
El gobierno nacional promulgó hoy la ley que restablece los feriados puente y fija los días festivos del año próximo, sancionada a fines de septiembre por el Congreso.
La medida, que repone la herramienta que había sido eliminada mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) a comienzos de este año y faculta al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a proponer hasta tres feriados puente anuales, fue dispuesta a través del decreto 831/2017, publicado este martes en el Boletín Oficial junto al texto de la ley 27.399.
La norma ahora promulgada fija como FERIADOS NACIONALES INAMOVIBLES: Lunes 1° de enero: Año Nuevo. Lunes y Martes de Carnaval 12 y 13 de febrero. Sábado 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Viernes Santo (30 de marzo). Lunes 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Martes 1° de mayo: Día del Trabajo. Viernes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo. Miércoles 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano. Lunes 9 de julio: Día de la Independencia. Sábado 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María. Martes 25 de diciembre: Navidad.
FERIADOS NACIONALES TRASLADABLES: Domingo 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes. Viernes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín. Viernes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural. Martes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
DÍAS NO LABORABLES: Jueves Santo 29 de marzo
Del Boletín oficial